En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, las provisiones representan una cuantía destinada a cubrir gastos futuros o posibles pérdidas que, aunque no tienen una fecha exacta o un importe concreto, son probables y derivan de hechos pasados.
Para que las provisiones sean deducibles en el IS, deben cumplir los siguientes requisitos establecidos en el artículo 14 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades:
EJEMPLOS DE PROVISIONES DEDUCIBLES
EJEMPLOS DE PROVISIONES NO DEDUCIBLES