El Modelo 347 es una declaración informativa anual que deben presentar los autónomos y sociedades que hayan realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor por un importe total superior a 3.005,06€ (IVA incluido) en el año natural anterior y que no estén sujetas a retención de IRPF. En el modelo, las operaciones se desglosan por trimestres, aunque la obligación de presentarlo se determina en función del importe total anual. Dado que se trata de una declaración informativa, su presentación no implica el pago de ningún importe.
1. FINALIDAD
Este modelo permite a la Agencia Tributaria cotejar la información declarada por proveedores y clientes con el objetivo de controlar la actividad económica y detectar posibles fraudes fiscales.
2. OBLIGADOS A PRESENTARLO
3. EXENTOS DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTACIÓN
4. OPERACIONES EXCLUIDAS
3. Rentas de entidades totalmente exentas ……………….. en el IS: los inquilinos no deben practicar …………………retención en los alquileres pagados a …………——-…estas entidades.
5. PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Se presenta anualmente en febrero, desde el día 1 hasta el último día del mes, ante la Agencia Tributaria.
6. SANCIONES POR NO PRESENTAR EL MODELO 347 O DECLARARLO INCORRECTAMENTE
No presentar el Modelo 347 o hacerlo con datos incorrectos se considera una infracción leve y conlleva sanciones, que se dividen en dos categorías:
1. Sanción estándar (con requerimiento de la Administración Tributaria):
2. Sanción reducida (cuando la declaración se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo):