DIFERENCIA ENTRE EL ROI Y EL VIES

El ROI es un registro obligatorio para empresas y autónomos que realizan operaciones dentro de la UE. El VIES es una base de datos que permite verificar los NIF-IVA de los operadores intracomunitarios, y así poder aplicar la exención de IVA en dichas operaciones.

1. ROI (Registro Operador Intracomunitario)

El ROI es un registro español en el que deben inscribirse las empresas o profesionales que realizan operaciones intracomunitarias (compra o venta de bienes o servicios con empresas o profesionales de otros Estados miembros de la UE).

Para inscribirse en el ROI, el empresario o profesional debe presentar el modelo 036 marcando la casilla correspondiente para solicitar su inclusión.                Esto implica que se le asignará un NIF-IVA válido para realizar operaciones intracomunitarias. El NIF-IVA es el mismo NIF nacional, pero con el prefijo “ES” (código de España) delante.

 

Es obligatorio para:

  • Empresas o profesionales que realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes.

 

  • Prestaciones de servicios intracomunitarios sujetos a la regla de localización general de IVA, es decir, si ofreces servicios intracomunitarios se aplican la normativa de IVA del país donde se lleva a cabo el servicio.

 

Ejemplo: si una empresa española vende bienes a una empresa francesa, ambas deben estar registradas en sus respectivos ROI.                           Esto garantiza que la operación sea tratada como intracomunitaria y pueda aplicarse la exención de IVA.

 

2. VIES (Vat Information Exchange System)

El VIES es una herramienta gestionada por la Comisión Europea que permite verificar si una empresa o profesional está inscrito en el ROI o en los registros equivalentes de otros Estados miembros de la UE.

Este sistema integra los registros de operadores intracomunitarios de todos los países de la UE, lo que facilita la comprobación de la validez de un NIF-IVA antes de realizar operaciones intracomunitarias.

Mediante el VIES, cualquier empresa o profesional puede comprobar si el NIF-IVA de su contraparte en otro país miembro es válido.                                          Este paso es fundamental para que las operaciones puedan tratarse como intracomunitarias, lo que tiene implicaciones importantes en cuanto al tratamiento fiscal del IVA: exención de IVA.

Es recomendable realizar esta verificación antes de emitir o recibir cualquier factura intracomunitaria para evitar problemas fiscales relacionados con el IVA.

 

Ejemplo: una empresa española que desea vender bienes a una empresa italiana puede consultar el VIES antes de emitir la factura para asegurarse de que el NIF-IVA de la empresa italiana es válido.                                                                                                 Si el NIF-IVA está registrado correctamente, la operación será tratada como intracomunitaria, y la factura se emitirá sin repercutir IVA, aplicando las normas específicas del comercio intracomunitario.

 

3. DIFERENCIAS CLAVE 

CARACTERÍSTICAS

ROI

VIES

 

Ámbito

 

 

Nacional (España).

 

Paneuropeo (UE) (perteneciente o relativo al conjunto de los países europeos)

 

 

Función

 

 

Registro de operadores intracomunitarios en España.

 

Base de datos para verificar los NIF-IVA de operadores intracomunitarios en toda la UE.

 

 

 

Gestión

 

Agencia Tributaria Española (mediante el modelo 036)

 

 

Comisión Europea (integrando los datos de cada país).

 

 

 

Obligatoriedad

 

 

Empresas y profesionales que realicen operaciones intracomunitarias.

No es obligatorio utilizarlo, pero es recomendable para verificar NIF-IVA de la contraparte, y ver si corresponde aplicar la exención intracomunitaria.

Por tanto:

  • El ROI es el paso administrativo para operar en el comercio intracomunitario desde España.

 

  • El VIES es la herramienta que permite verificar la validez de los registros de IVA intracomunitarios a nivel de la UE.
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