1. CONDICIONES
Para que surja la obligación de retener en sus facturas, deben cumplirse dos condiciones específicas:
2. PORCENTAJES DE LA RETENCIÓN
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IAE |
Actividad económica |
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314 y 315 |
Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería. |
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316.2,3,4 y 9 |
Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros artículos en metales N.C.O.P. |
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453 |
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros. |
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454 |
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo. |
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463 |
Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción. |
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468 |
Industrial del mueble de madera. |
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474.1 |
Impresión de textos o imágenes |
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501.3 |
Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general. |
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504.1 |
Instalaciones y montajes ( excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire). |
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504.2 y 3 |
Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire. |
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504.4, 5, 6, 7 y 8 |
Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje. |
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505.1,2,3 y 4 |
Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos. |
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505.5 |
Carpintería y cerrajería. |
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505.6 |
Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales. |
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505.7 |
Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales. |
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722 |
Transporte de mercancías por carretera. |
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757 |
Servicios de mudanzas. |
En las operaciones intracomunitarias y en las exportaciones no se aplica retención.